Serie: Ley 39/2015 · Parte 3
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Descarga: Test en PDF – Ley 39/2015 Silencio Administrativo
¿Qué es el silencio administrativo?
Cuando presentas una solicitud ante la Administración, ésta tiene la obligación de responder en un plazo determinado. Si ese plazo termina sin que haya respuesta, la ley no te deja en un limbo: le da a ese silencio una consecuencia jurídica concreta.
Eso es el silencio administrativo: la consecuencia jurídica que la ley atribuye a la falta de resolución expresa en plazo.
- El artículo 24 de la Ley 39/2015 regula el silencio en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
- El artículo 25 regula el silencio en procedimientos iniciados de oficio.
Silencio positivo y silencio negativo
El silencio puede tener dos significados completamente distintos.
Silencio positivo (estimatorio)
La solicitud se considera concedida. La Administración no contestó, pero la ley entiende que dijo sí.
Ejemplo: Solicitas una licencia urbanística y no recibes respuesta en plazo → en principio, se considera concedida.
Silencio negativo (desestimatorio)
La solicitud se considera denegada. La Administración no contestó y la ley entiende que dijo no. Esto no resuelve nada, pero te abre la puerta a recurrir sin tener que esperar indefinidamente.
La regla general y sus excepciones (Art. 24)
Regla general: en procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el silencio es positivo.
Excepciones en las que el silencio será negativo:
- Cuando una norma con rango de ley o de Derecho de la Unión Europea lo establezca expresamente.
- Cuando el procedimiento tenga por objeto el acceso a actividades o su ejercicio.
- Cuando la estimación tuviera efectos sobre el dominio público, los servicios públicos o el interés general.
La excepción número 3 es la más amplia. Tenla muy presente para el examen.
El silencio en procedimientos de oficio (Art. 25)
Cuando es la propia Administración quien inicia el procedimiento, la lógica cambia:
| Tipo de efectos | Consecuencia del silencio |
|---|---|
| Desfavorables o de gravamen | Caducidad del procedimiento (se extingue, no puede seguir) |
| Favorables | Silencio negativo (la falta de resolución no genera ningún derecho) |
Efectos prácticos: ¿qué puedes hacer con el silencio?
Si el silencio es positivo
- Tienes un acto administrativo presunto que te da la razón.
- Puedes hacerlo valer ante la Administración o ante los tribunales.
- La Administración no puede revocar ese derecho con una resolución expresa posterior.
- Solo podría hacerlo a través de los procedimientos de revisión de oficio.
Si el silencio es negativo
- Puedes interponer los recursos como si hubiera habido una denegación expresa.
- Si la Administración resuelve después en sentido favorable, prevalece esa resolución expresa.
Plazos para recurrir
| Situación | Plazo |
|---|---|
| Silencio positivo | Sin plazo (no hay acto que perjudique al interesado) |
| Silencio negativo → recurso de alzada o reposición | 1 mes desde el día siguiente al silencio |
| Silencio negativo → recurso contencioso-administrativo | 2 meses desde el día siguiente al silencio |
Resumen: 5 puntos clave
- El silencio administrativo es la consecuencia de que la Administración no resuelva en plazo.
- Puede ser positivo (se entiende que te dan la razón) o negativo (se entiende que te deniegan, pero puedes recurrir).
- La regla general en procedimientos a solicitud del interesado es el silencio positivo, con tres excepciones.
- En procedimientos de oficio: si son desfavorables → caducidad; si son favorables → silencio negativo.
- El silencio positivo genera un acto presunto que la Administración no puede revocar directamente.
Recursos para seguir estudiando
- Descarga el test en PDF
- Parte 2 de la serie → (enlace aquí)
- Parte 4: Los recursos administrativos → Próximamente
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